ACUERDO DE CONFIDENCIALIDAD

Breve explicación

Desde el punto de vista jurídico el acuerdo de confidencialidad es un contrato atípico, es decir, no está expresamente regulado. En el derecho mercantil rige el principio de libertad de forma. Por ello las partes pueden acordar libremente, incluso antes de empezar a negociar, un acuerdo de confidencialidad. Dicho esto, utilizar un acuerdo de confidencialidad puede prevenir, por ejemplo, la pérdida, o el perjuicio causado por esta pérdida, de derechos de propiedad intelectual valiosos o datos financieros sensibles, o una información estratégica relativa a una de las partes, por lo que su uso aporta un alto nivel de seguridad jurídica a las partes

Legislación aplicable

De forma general, son aplicables las normas del Código civil y, particularmente, las relativas a la autonomía de la voluntad (artículo 1255) y a la validez de los contratos (artículos 1261 a 1277).

Además, la obligación de confidencialidad y de secreto durante el acceso a informaciones en determinados contextos se encuentra regulada en las siguientes normas:

Modelo - Acuerdo de confidencialidad

En ________________, a __ de __________ de _____

De una parte, D./Dña. _______________________, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en ___________________ y con DNI núm. ___________, en representación de _____________. (en adelante la sociedad).

De otra parte, D./Dña. _________________________________, mayor de edad, de nacionalidad española, con domicilio a estos efectos en __________________________________________ y con DNI núm. _________________________, en representación de __________________ (en adelante la Parte).

MANIFIESTAN Y CONVIENEN

a) Que ___________ es _______________________ (explicar en dos líneas la labor que realiza la persona o compañía con la que se hablará y a qué se debe que interese hablar con ellos).

b) Que _____ (lo mismo que en el punto anterior pero de la parte contraria)

Que expresado cuanto antecede, las partes se comprometen y obligan, de forma expresa, a cuanto sigue:

Se han iniciado o están a punto de iniciarse conversaciones entre la sociedad y la Parte con el propósito de ________________ (describir el propósito de las conversaciones); y en relación con el propósito anterior, la sociedad podrá proporcionar a la Parte Información Confidencial (según se define a continuación).

SE ACUERDA lo siguiente:

1.- En el presente Acuerdo, los términos que figuran a continuación tendrán el significado que les corresponde:

  • Confidencial: significa que la información perteneciente a la sociedad y comunicada confidencialmente entre la sociedad y la Parte que no está o no ha entrado en el dominio público y no está disponible al público en general.
  • Información confidencial: toda la información que pueda impartirse de forma confidencial o que sea de naturaleza confidencial en relación con el negocio o negocio prospectivo, los planes actuales o previstos o los asuntos internos de la sociedad y, en particular, pero sin limitarse a ellos, todos los conocimientos informáticos, los conocimientos comerciales, los secretos comerciales, la información inédita relacionada con cualquier aspecto de la propiedad intelectual de la sociedad y cualquier otro aspecto comercial confidencial, información financiera o técnica relacionada con el negocio o posible negocio de la sociedad o con cualquier cliente o posible cliente, asociado o posible asociado o proveedor o posible proveedor, funcionario o empleado de la sociedad o con cualquier miembro o persona interesada en el capital social de la sociedad y cualquier otra información de un tercero que la sociedad esté obligada a mantener confidencial.
  • Know-how Comercial: toda la información confidencial, distinta del Know-how Informático, relativa a la sociedad y a los prospectos, mercados, marketing, ventas, finanzas, precios, clientes, distribución, proveedores, empleados, consultores y políticas de la sociedad.
  • Conocimientos informáticos: toda la información confidencial relativa a la sociedad que actualmente no sea de dominio público (incluida la información contenida en investigaciones, diseños, diagramas de flujo, expresiones, metodología, flujos lógicos, especificaciones, dibujos, manuales, listas e instrucciones, cualquiera que sea la forma en que se posean) en relación con el hardware y el software de los ordenadores o con ese contenido, incluidos:
  • 1. Software operativo y de aplicaciones, incluyendo gráficos, ventanas e hipermedia

    2. Estructuras de menú, facilidades de macros, lenguajes y herramientas de programación, interfaces de software y código fuente

    3. El diseño, desarrollo, selección, adquisición, construcción, instalación, uso, reparación, servicio o mantenimiento de cualquier software

    4. La gama actual o futura de software de la sociedad de cualquier tipo

    5. El suministro o almacenamiento de programas informáticos o de sus componentes

    6. Control de calidad, pruebas o certificación

    7. ualquier medio de comunicación, incluyendo pero no limitado a vídeo, texto, material de audio, fotografías, gráficos, animación, ilustraciones, guiones, guiones gráficos, tratamientos, sinopsis y cualquier otro material preparatorio y de desarrollo.

  • Proyecto: significa el trabajo antes mencionado y el trabajo relacionado.

2.- La Parte acuerda lo siguiente:

2.1.- La Parte se compromete por la presente a que la sociedad:

2.1.1.- En ningún momento, sin el consentimiento previo por escrito de la sociedad, utilizará, divulgará o revelará ninguna Información Confidencial a ninguna persona o Parte (salvo las personas a las que se hace referencia en la Cláusula 2.1.9 siguiente) y no enviará ninguna Información Confidencial, ni hará que la misma sea enviada por correo, fax, teléfono, videoconferencia o correo electrónico o por cualquier otra forma de transmisión de datos que no sea de conformidad con los procedimientos de protección de datos de la sociedad o sin el consentimiento previo de la sociedad

2.1.2.- Usar la Información Confidencial únicamente para el propósito descrito anteriormente, o para cualquier otro propósito, que la sociedad pueda acordar

2.1.3.- Mantener una estricta confidencialidad con respecto a toda la Información Confidencial

2.1.4.- Tratar y salvaguardar como privada y confidencial toda la Información Confidencial que se reciba o se le comunique

2.1.5.- En ningún momento, sin el consentimiento previo por escrito de la sociedad, tomar, hacer o retener copias, reproducciones o facsímiles de cualquier Información Confidencial en cualquier forma de medio o material, excepto que la Parte podrá, en la medida en que sea razonablemente necesario en relación con su evaluación para el propósito antes mencionado, copiar, adaptar y analizar la Información Confidencial e incorporar la Información Confidencial en informes y análisis

2.1.6.- Mantener separada toda la Información Confidencial y toda la información generada a partir de ella de todos sus demás documentos y registros

2.1.7.- Conservar todos los documentos y otros materiales que contengan o incorporen cualquiera de la Información Confidencial en su lugar de trabajo habitual

2.1.8.- No utilizar, reproducir, transformar o almacenar la Información Confidencial en una computadora de acceso externo o en un sistema de recuperación de información electrónica, salvo que esto no restrinja a las personas a las que se hace referencia en la cláusula 2.1.9 a continuación la transmisión y recepción de la Información Confidencial por correo electrónico desde computadoras que se encuentren fuera del lugar habitual de negocios de la Parte

2.1.9.- Permitir únicamente el acceso exclusivo a la Información Confidencial a aquellos de sus consultores, agentes y asesores (ya sean banqueros, abogados, contadores y asesores técnicos) («asesores») que en el momento del acceso tengan una necesidad razonable de verla y utilizarla para los fines de la evaluación de la Parte para el propósito arriba mencionado. La Parte informará a dichos Asesores del carácter confidencial de la Información Confidencial y de sus obligaciones con respecto a la misma.

2.2.- Cuando cualquier Información Confidencial sea almacenada en forma física y la sociedad requiera su destrucción, la Parte lo hará por medio de la trituración cruzada, quema, despulpado o pulverización, según corresponda. Cuando cualquier Información Confidencial se almacene en formato electrónico y la sociedad requiera su destrucción, la Parte receptora se asegurará de que todos los medios de almacenamiento se eliminen y sobreescriban. Si dicha eliminación o sobrescritura no garantiza que no se pueda acceder a la Información Confidencial posteriormente, el soporte se destruirá como se ha indicado anteriormente.

2.3.- La Parte se compromete a mantener la confidencialidad de las evaluaciones, discusiones y negociaciones y a no hacer ningún anuncio público en relación con dichas evaluaciones, discusiones y negociaciones, ni a revelar la existencia de las negociaciones y discusiones a terceros sin el consentimiento previo por escrito de la sociedad. No obstante las disposiciones anteriores, la Parte tendrá derecho a revelar la existencia de tales evaluaciones, discusiones y negociaciones de manera confidencial a sus empleados, consultores, agentes y asesores, según lo dispuesto en la Cláusula 2.1.9, a quienes se les requiera razonablemente dicha revelación.

2.4.- La Parte reconoce a la sociedad que en cualquier momento la sociedad puede exigirle que cese todo uso de la Información Confidencial y, en tal caso, regresará inmediatamente a la sociedad, o a su elección puede optar por destruir todas las versiones originales de la Información Confidencial y las copias de la misma que estén en su poder. En un plazo de siete días a partir de la devolución o destrucción de la Información Confidencial, proporcionará a la sociedad una declaración escrita confirmando que no ha conservado ningún documento, archivo u otro medio que contenga alguna parte de la Información Confidencial o que esté basado de alguna manera en la Información Confidencial.

2.5.- La Parte acuerda que, a menos que se indique lo contrario, las obligaciones y compromisos de confidencialidad detallados en este Acuerdo continuarán en pleno vigor y efecto hasta que la sociedad los libere de ellos mediante notificación por escrito.

3.- Los datos personales serán tratados por ambas Partes con la finalidad de gestionar y hacer aplicable, si fuera el caso, el presente acuerdo de confidencialidad (Indicar si las partes del acuerdo disponen de DPD y su contacto). Dicha finalidad queda legitimada en la ejecución de un contrato en el que los interesados son parte o para la aplicación a petición de estos de medidas precontractuales.

Asimismo, ambas partes disponen de interés legítimo para realizar los contactos para mantener relaciones de cualquier índole profesional. No están previstas transferencias internacionales ni cesiones de los datos personales recabados, salvo que medie obligación legal o consentimiento por los interesados. Los datos personales se mantendrán de forma indefinida por ambas partes. Pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, respecto de ___________ en la dirección de correo electrónico ___________, y respecto de ___________a través de la dirección de correo electrónico ___________.

Ambas Partes podrán dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es) para presentar una reclamación cuando no consideren debidamente atendida su solicitud.

4.- El presente documento se interpretará y regulará en todo lo que no esté expresamente determinado conforme a la legislación española.

Las partes acuerdan someter cualquier cuestión relacionada con el presente Contrato a los Juzgados y Tribunales de ________________, con renuncia expresa a sus fueros internos que les sean aplicables. El presente Contrato se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes españolas.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Acuerdo de confidencialidad a un solo efecto, en el lugar y fecha antes indicados.

Por ________ Por __________